El “Descubrimiento de América”: la gran mentira

Nos adentramos por primera vez por un camino pedregoso donde se mezclan multitud de planes. La objetividad histórica —basada en el rigor documental— ha sido abducida por un relato claramente intencionado que ha buscado justificar todo aquello que sirviera para construir una unidad de destino universal. Dudar sobre el relato oficial que rodea el “Descubrimiento de América” —donde se fundamenta la matriz hispánica— ha obligado a infinidad de historiadores a tener que trabajar al margen de la Academia, sin ningún otro recurso que su argucia e inteligencia.

 

La materia prima en la cual se fundamenta la historia son las fuentes documentales. Crónicas, cartularios, testamentos, contratos, disposiciones, novelas, cantos, restos arqueológicos o ‘Lebenswelt’, son una tipología documental específica que cada historiador utiliza para entender y explicar el pasado que —filtrado por su marco mental— acabará modelando una percepción concreta de aquella realidad.

Es por este motivo que, durante la creación del conocimiento, uno se adentrará en apasionantes debates, entre constructivos y estériles. Desacreditar al adversario con ataques personales es síntoma de incapacidad dialéctica. Por lo tanto, todo aquello que esté fuera del rigor empírico nos evoca hacia el mundo de la ficción o la palabrería de café. Pero, ¿qué pasa cuando una fuente documental se demuestra que ha sido alterada, manipulada o quemadura?

 

Las capitulaciones de Santa Fe

Establecidos en el campamento de Santa Fe de Granada, los recientes vencedores de la guerra de Granada, los más que conocidos Reyes Católicos —título otorgado por el papa Alejandro VI en 1496— firmaban el 30 de abril de 1492 unas capitulaciones o acuerdos con Cristóbal Colón para llevar a cabo una importante empresa ultraoceánica.

Los acuerdos firmados —conocidos como Las capitulaciones de Santa Fe— marcarán el marco jurídico por donde se sustentará todo el descubrimiento de América, pero también serán el origen de los futuros litigios entre la Corona y la familia Colón. Así mismo, quedará patente el otorgamiento de los títulos de almirante, virrey y gobernador general de todos los territorios descubiertos y todos los beneficios que se derivarán de esta empresa.

Las capitulaciones adquirirán una importancia jurídica capital para Colón y sus descendentes, y por este motivo no se desprenderá nunca de ellas en vida. De la existencia de este original, se tiene constancia hasta el 1526, cuando aparece por última vez entre los documentos conservados en el Archivo de Colón en el monasterio cartujo de Santa María de las Cuevas (Sevilla). Desgraciadamente, este original no nos ha llegado nunca.

Al mismo tiempo que se libraba a Colón el original de las capitulaciones, se inscribía una copia del original en el correspondiente Libro-Registro de disposiciones legales de la Cancillería Real catalanoaragonesa de Barcelona. Esta entrada está registrada en el libro 3.569, folios 135 y 136, en la sección de ‘Diversorum sigilli secreti’, datada el mismo día de su expedición, o sea el 17 de abril de 1492. Pero así como se patentiza al registro catalán, hasta la fecha no se ha constatado ningún registro similar en cualquier cedulario castellano. Y es muy sabido que las investigaciones sistemáticas llevadas a cabo desde hace siglos en los principales archivos castellanos —Simancas, Indias o Duque de Veragua— han resultado infructuosas hasta el momento.

La construcción jurídica de la empresa marítima

La potestad legislativa en la Corona de Aragón no pertenecía privativamente al monarca, sino que tenía que desarrollarla junto con los tres estamentos: nobleza, clerecía y ciudades y villas. Si la iniciativa provenía del monarca, nacía la constitución, mientras que si salía de los estamentos de las cortes, nacía el capítulo de corte.

Desde 1363, se tiene constancia de esta práctica jurídica a la hora de aparejar armadas por parte del rey con los diputados de las diferentes riendas de la Corona catalanoaragonesa. Es por este motivo, que el rey Fernando firmó las capitulaciones con Colón, motivo por el cual queda recogido en uno de los acuerdos “perquè sia feta Armada en la Senyora del Senyor Rey, de Galées”. Por lo tanto, ni a las fuentes legales del derecho castellano contemporáneas, ni a las del derecho propiamente indiano, se encontrarán normas a través de las cuales puedan ser fijados los conceptos jurídicos que aparecen en detalle en las capitulaciones.

Las capitulaciones serán negociadas y preparadas en Barcelona por un comité formado por Joan de Coloma —representante de la Cancillería Catalana y secretario personal del rey— y por Joan Peres —representante de Colón— el cual era un destacado doctor en medicina y reconocido cosmógrafo y propietario del castillo de Sant Miquel, en las afueras de Pals de Empordà. Y será desde el antiguo puerto de esta villa ampurdanesa, hoy ya desaparecido, desde donde zarpará la expedición ultraoceánica.

Cuando las dos partes llegaron al acuerdo —el 17 de abril de 1492— las capitulaciones fueron enviadas inmediatamente al campamento de Santa Fe de Granada —donde se alojaban los monarcas católicos— para su ratificación oficial (el 30 de abril de 1492) y, posteriormente, fueron entregadas a Cristóbal Colón. Finalmente, a principios de 1493, las Cortes Generales celebradas en Barcelona ratificarán el acuerdo. Todo ello justifica el porqué estas ‘Capitulaciones’ se guardaron únicamente en el Archivo de la Corona de Aragón: porque es allí donde se registraban y se archivaban los documentos de la magistratura afectada.

“Ni en las fuentes legales del derecho castellano contemporáneas, ni en las del derecho propiamente indiano, se encontrarán normas a través de las cuales puedan ser fijados los conceptos jurídicos que aparecen en detalle en las capitulaciones”

La financiación de la empresa marítima

Todos los textos conservados evidencian con mucha claridad que el dinero de la empresa ultraoceànica los avanzó —en gran parte— un valenciano asentado en Barcelona, Lluís de Santàngel, que fue el escribano de raciones de la Cancillería catalana, la cual a menudo ejercía funciones fiscales. La empresa también sería sufragada por otros ilustres personajes como por ejemplo Gabriel Sanxis —tesorero general de la Corona de Aragón—, Joan Cabrero —camarero del rey Fernando— y Alfons de la Cavalleria, consejero real. Se da la circunstancia que todos estos ilustres personajes tenían vínculos comerciales con la familia Colón de Barcelona desde hacía décadas.

Todos los documentos referentes a los pagos reales de la empresa ultraoceánica, cuentan las cifras en ducados, que era la moneda catalana. En cambio, esta moneda no se utilizará a Castilla hasta el 1497, cuando, después de una fuerte oposición de los municipios castellanos para considerarla una moneda extranjera, será impuesta por los monarcas.

Tengamos presente que las estructuras de los dos estados, Aragón y Castilla, siempre se mantuvieron separadas, a pesar de que se crearon organismos comunes a las dos coronas, como por ejemplo la Inquisición. Por lo tanto, cada corona tenía su tesorería, con su tesorero, sus escribanos y sus archivos reales. En consecuencia, si aplicamos el método científico para averiguar quién pagó la empresa del descubrimiento, solo habrá que repasar los libros de cuentas de ambas tesorerías. Desgraciadamente, es imposible repasar el libro de cuentas de la tesorería catalana dado que ha desaparecido. En cambio, otras fuentes contemporáneas catalanas hablan que se estaban destinando miles de ducados para pagar naves y tripulaciones durante todo aquel periodo.

Ahora bien, y ¿qué pasa cuando repasamos el libro de cuentas de la tesorería general castellana? Por cierto, ¡es público y en edición moderna! Pues que no aparece ninguna salida de dinero destinada a ninguna expedición marítima durante los años noventa del siglo XV. No hay ningún documento que hable de dinero referente a naves, pilotos, tripulaciones o expediciones de ninguna clase.

“Desgraciadamente, es imposible repasar el libro de cuentas de la tesorería catalana, dado que ha desaparecido. En cambio, otras fuentes contemporáneas catalanas hablan que se estaban destinando miles de ducados para pagar naves y tripulaciones durante todo aquel periodo.”

El triunfo de la empresa marítima

Cristóbal Colón fue recibido con todos los honores por los monarcas católicos en el Palacio Real de Barcelona, el 3 de abril de 1493, después de haber completado el primer viaje transoceánico. Las crónicas contemporáneas explican que la audiencia tuvo un grandísimo eco, y reunió un montón de curiosos venidos de todas partes.

Colón había conseguido encontrar el continente perdido del cual hablaban infinidad de textos antiguos: las tierras existentes en el otro lado del Atlántico “y que desde el hundimiento de la Atlántida habían quedado incomunicadas”. Y como prueba de este descubrimiento —de este “Nuevo Mundo”— presentó ante los reyes y a las altas instancias del reino, los indígenas, animales, metales y plantas que habían llevado. Pruebas fehacientes que demostraban que venían de unas tierras hasta entonces desconocidas.

De hecho, en las Capitulaciones de Santa Fe queda escrito que la empresa se compromete a descubrir unos territorios “que están en dirección a las Indias”. Como que entonces no había ningún referente geográfico para ilustrar una expedición que tenía como objetivo ir al otro lado del Atlántico, se utilizó el referente geográfico de las Indias y China del Gran Kan. Ambos casos, ampliamente descritos por los Viajes de Marco Polo, de finales del siglo XIII.

Cómo constatan los documentos oficiales de los primeros viajes colombinos, los topónimos empleados para designar los “nuevos lugares” serán: la Florida, la isla Montserrat, la región de Valençuela, la isla Margalida o la Jamaïca. Será a partir de la expulsión de Colón de todas sus posesiones americanas y el cambio de la política de la Corona —a mediados de siglo XVI— que empezarán a aparecer los topónimos castellanos.

 

Los litigios a raíz del descubrimiento de la empresa marítima

Cuando Colón volvió de su primer viaje, los reyes le confirmaron todos los poderes estipulados en las Capitulaciones de Santa Fe. Pero al volver de la segunda expedición, la monarquía se dio cuenta de que las tierras descubiertas no eran cuatro islas perdidas, sino que se trataba realmente de tierra firme. Esta percepción provocó que la monarquía se replanteara los poderes otorgados a Colón.

El problema jurídico con el que se topó la monarquía era grave. ¡Eran conscientes que habían aceptado y firmado unas capitulaciones, en las cuales se permitía el nacimiento de una nueva dinastía instalada en un Nuevo Mundo y dónde Colón acontecería el virrey vitalicio, además de ser un título hereditario!

Conocedores de esta problemática y en ausencia del afectado —puesto que se encontraba en expedición— el rey Fernando cambiaría las reglas del juego. La reforma virreinal de 1493 comportó una limitación del poder del virrey, el cual quedaría subyugado al poder del rey y la posibilidad de destituirlo siempre que se demostrara traición a la Corona. En 1500, Francisco de Bobadilla acusaría Colón de traicionar a la Corona.

Toda la documentación sobre el proceso contra Colón ha desaparecido. Por fuentes indirectas, se sabe que la Corona requisó toda la documentación que Colón tenía que aportar en defensa propia. Y también se sabe que los informes en que se basaron las acusaciones fueron elaborados por Pere Bertran Margarit y Bernat Boïl.

Y después de todo este montaje, Colón fue liberado pero desposeído de todos los títulos firmados en las capitulaciones. O sea, aconteció un personaje inofensivo para el poder. A partir del siglo XVI, se iniciará un largo periodo de litigios —primero contra Colón y después hacia sus descendentes— para restituir los acuerdos. Durante más de ochenta años, la familia Colón pleiteará contra la monarquía, pero se convertirá una cuestión estéril.

 

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

David Bassa i Jordi Bilbeny: Totes les preguntes sobre Cristòfor Colom. Col·lecció Descoberta, Llibres de l’Índex, 2015.

Jordi Vila: Les Capitulacions colombines de 1492: un document català. 1r Simposi sobre la Descoberta Catalana d’Amèrica, Arenys de Munt, 2001.

Jordi Bilbeny: Cristòfor Colom, príncep de Catalunya, Proa, Col. Perfils, Barcelona, 2006.

Jordi Bilbeny: Inquisició i Decadència: Orígens del genocidi lingüístic i cultural a la Catalunya del segle XVI, Librooks, Barcelona, 2018.

 

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Oriol Garcia Farré Oriol Garcia Farré
  1. Joan Santacruz CarlúsJoan Santacruz Carlús says:
    Joan

    Bon article! Gràcies!

  2. Jordi MorenoJordi Moreno says:
    Jordi

    Sí, molt bona classe d’història, impressionant feinada i amb bibliografia i tot 👏👏👏👏

    • Oriol Garcia FarréOriol Garcia Farré says:
      Oriol

      Gràcies, Jordi, pel comentari! Celebrem que t’hagi agradat l’article. Seguim a La Plaça.

      Hace 2 años
  3. Mercè ComasMercè Comas says:
    Mercè

    👌🙌🙌Gràcies Oriol per ser atrevit, molt atrevit. L’ article és or pur.
    Gràcies per les cites bibliogràfiques, en especial al Jordi Bilbeny.

    • Oriol Garcia FarréOriol Garcia Farré says:
      Oriol

      Qui té tot el mèrit del món és en Jordi Bilbeny! Nosaltres hem amplificat els seus raonaments basats en la lògica i l’empirisme documental. Res més! Gràcies pel comentari. Seguim a La Plaça!

      Hace 2 años

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