El negocio de la ‘letra pequeña’

La ‘letra pequeña’ de cualquier relación contractual a menudo pasa desapercibida para el consumidor a la hora de contratar un servicio o adquirir un producto. Un hecho que algunas empresas aprovechan para introducir cláusulas con pactos abusivos. La ley dice que los contratos tienen que estar escritos de manera clara y comprensible, pero, aun así, las trampas de la ‘letra pequeña’ se repiten. ¿Por qué? Jordi Coll, agente de 11Onze, nos lo explica.

 

Si hablamos de medidas, la ‘letra pequeña’ ya no existe, al menos en referencia a la contratación de servicios. Desde el 1 junio de este año, la ley obliga a bancos, aseguradoras y a cualquier otra empresa de servicios, a redactar los contratos que ofrecen a los consumidores con caracteres de una medida mínima de 2,5 milímetros.

La nueva normativa pretende evitar los perjuicios causados a clientes como consecuencia de la ilegibilidad de los contratos, imposibles o más difíciles de leer a causa de la letra pequeña. El escándalo de las participaciones preferentes y las obligaciones subordinadas que afectaron especialmente aparte de la población más vulnerable, como la gente mayor, puso de manifiesto la urgente necesidad de reformar la normativa.

Como explica Coll, “a menudo las empresas utilizan la letra pequeña con contratos que no son negociables, y con el fin de que lleguen a pasar desapercibidos por los consumidores”, y continúa, “incluso se usan para introducir cláusulas con pactos abusivos”.

El tamaño no lo es todo

¿Cambiará algo esta nueva normativa? La anterior ley ya marcaba una medida mínima de la letra pequeña, así como pedía claridad y transparencia en los contratos. Pero todo y las sentencias judiciales favorables a los clientes, condenando a las empresas implicadas, los abusos se repetían. ¿Por qué? Porque es un buen negocio. El porcentaje de clientes afectados que se quejan es ínfimo, por lo tanto, teniendo en cuenta que los beneficios son considerables, sale a cuenta pagar las multas, sanciones y juicios sin cambiar nada.

A pesar de que; como apunta Coll, “la normativa vigente permite que los consumidores soliciten la no aplicación de estas cláusulas cuando no se hayan redactado con lo adecuada claridad y transparencia, o bien se declare su nulidad cuando son abusivas”, las malas prácticas no se han eliminado.

La excusa de las entidades bancarias, para justificarse, cuando les piden explicaciones por los contratos abusivos de tarjetas de crédito o productos bancarios como las preferentes, es pasar la pelota al cliente, afirmando que había de haber leído el contrato. Realmente, ¿la medida de la letra marcará la diferencia? O ¿es la redacción de las cláusulas y la integridad ética de las entidades lo que también se tendría que corregir?

 

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Equip Editorial Equip Editorial
  1. Manuel Bullich BuenoManuel Bullich Bueno says:
  2. Joan Santacruz CarlúsJoan Santacruz Carlús says:
  3. Jordi MorenoJordi Moreno says:
    Jordi

    Moltes gràcies👍

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