El Supremo ratifica la muerte del Modelo 720

El enero pasado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea anuló el Modelo 720, y esta semana el Supremo ha obligado a Hacienda a devolver una multa por bienes en el extranjero, tumbando definitivamente sus efectos en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

 

Recordamos que el Modelo 720 se introdujo en 2012, justo después de implementar la amnistía fiscal, cuando el entonces ministro de Hacienda del Partido Popular, Cristóbal Montoro, quiso aumentar la recaudación del Estado en plena crisis financiera, asegurándose de que no se escapaba ni un solo euro. El tiempo ha demostrado que no fue una medida efectiva por los afines a su partido o parte de la realeza española.

La normativa exigía a los ciudadanos residentes en España a informar sobre sus bienes en el extranjero que superaran los 50.000 euros. Asimismo, establecía elevadas multas que podían llegar hasta el 150% del importe a declarar, si esta información se presentaba fuera de plazo ante la Agencia Tributaria.

 

Varapalo de la justicia europea

El enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tumbó la normativa al completo, tanto el mecanismo de fondo, como las elevadas multas, al considerar que las restricciones a la libre circulación de capitales implantadas por el Modelo 720 eran desproporcionadas.

Por otro lado, la sentencia anulaba la práctica de la no prescripción, que Hacienda venía imputando de manera sistemática a todos los bienes declarados, sin valorar si los hechos habían prescrito por el plazo de prescripción en el ámbito fiscal, actualmente establecido en 4 años, de forma que se determinaban cuotas a ingresar.

De este modo, la sentencia concluye que los contribuyentes que habían declarado bienes en el extranjero mediante el Modelo 720 no tienen que ingresar las deudas de los ejercicios prescritos, y que las sanciones aplicadas son ilegales. Es precisamente en este punto, con el que el Tribunal Supremo se ha basado para impedir a Hacienda imputar como ganancia patrimonial no justificado los bienes en el extranjero contenidos en la declaración por no tener plazo de prescripción.

 

El Supremo aplica la sentencia del TJUE

Así se ha visto reflejado en una sentencia del pasado 20 de junio en la sala del contencioso, que estima el recurso presentado por dos contribuyentes contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que los condenaba por declarar, fuera de plazo, bienes inmuebles en el extranjero. Un hecho significativo porque anula, por primera vez, una sanción del Modelo 720, por desproporcionada.

Por lo tanto, la Sección Segunda de la Sala Contenciosa Administrativa da la razón a los particulares, y anula la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, ordenando que les devuelvan el dinero, más los intereses correspondientes. El tribunal pretende, así, establecer la proporcionalidad entre la gravedad del hecho cometido y el saldo de las cuentas corrientes no declarados por el contribuyente.

Con esta sentencia, se abre la puerta a todos aquellos contribuyentes sancionados que, no estando conformes con las desproporcionadas sanciones impuestas por la Agencia Tributaria, han recorrido de manera sistemática la aplicación de las mismas y que ahora podrían ver reducido su importe de manera significativa.

 

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Equip Editorial Equip Editorial
  1. Joan Santacruz CarlúsJoan Santacruz Carlús says:
  2. Miquel Pérez CorralMiquel Pérez Corral says:
    Miquel

    Gràcies info!!

  3. Pere SorianoPere Soriano says:
    • Jordi CollJordi Coll says:
      Jordi

      A tu per seguir-nos i confiar en nosaltres, Pere. Moltes gràcies pel teu comentari!!!

      Hace 2 años
  4. alicia Coiduras Charlesalicia Coiduras Charles says:
    Alicia

    Gràcies per aquesta informació

  5. Carles MarsalCarles Marsal says:
    Carles

    Tota la informació és bona.
    Gràcies

    • Mireia Cano says:

      Gràcies Carles, per a nosaltres és important poder-vos informar de tot i amb rigor. 😊

      Hace 2 años
  6. Josep Grifoll SauríJosep Grifoll Saurí says:
    Josep

    Els diners en el compte d’11Onze són dipositats en entitats financeres no espanyoles, què passa si un d’aquests països, on hi ha els comptes d’11Onze, surt de l’Eurozona? En quina moneda funcionarien aleshores els comptes d’11Onze en aquest país? Seguirien en Euros?

    • James SeneJames Sene says:
      James

      SÍ Seguirien en Euros. De fet podries tenir comptes a Espanya en Yens or Dollars etc…la devisa es independent del país on tens el compte. 🙏🏿

      Hace 2 años
  7. Manuel Bullich BuenoManuel Bullich Bueno says:

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